La noticia de que la gasolina subió —en promedio 39 pesos en el país— para febrero llega con una decisión de la Corte Constitucional que cambiará el rumbo de la asignación de los precios y, que además incluye el del Acpm, que tanto importa a los transportadores: la fórmula debería cambiar y el plazo es de dos legislaturas del Congreso de la República para hacerlo.
La decisión se tomó a la luz de una demanda por la sobretasa a la gasolina, pues no hay criterios claros (debido a que hoy se hace por la certificación mensual del Ministerio de Minas del precio de referencia).
La Corte “determinó que se vulneraban los principios de legalidad tributaria (…) en la medida en que el legislador no fijaba los elementos a partir de los cuales se podía fijar el valor de referencia de venta al público de la gasolina”, explicó el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, quien dijo que se “declaró la inexequibilidad de la base gravable de la sobretasa”.
Así, el Congreso de la República deberá definirlo en un plazo de dos legislaturas. En otras palabras, el legislativo debe “fijar las bases de cálculo de la base gravable y no dejarle eso a la discrecionalidad del Gobierno (…) esto porque podría afectar el valor de la sobretasa de la gasolina que tiene un impacto importante en el costo de vida y los ingresos territoriales”.
Mientras este cambio se surte en el Congreso, el cálculo se seguirá realizando como se viene haciendo. Si no hay cambios después del plazo, la norma de la sobretasa volvería a revisarse.
La noticia de que la gasolina subió —en promedio 39 pesos en el país— para febrero llega con una decisión de la Corte Constitucional que cambiará el rumbo de la asignación de los precios y, que además incluye el del Acpm, que tanto importa a los transportadores: la fórmula debería cambiar y el plazo es de dos legislaturas del Congreso de la República para hacerlo.
La decisión se tomó a la luz de una demanda por la sobretasa a la gasolina, pues no hay criterios claros (debido a que hoy se hace por la certificación mensual del Ministerio de Minas del precio de referencia).
La Corte “determinó que se vulneraban los principios de legalidad tributaria (…) en la medida en que el legislador no fijaba los elementos a partir de los cuales se podía fijar el valor de referencia de venta al público de la gasolina”, explicó el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, quien dijo que se “declaró la inexequibilidad de la base gravable de la sobretasa”.
Así, el Congreso de la República deberá definirlo en un plazo de dos legislaturas. En otras palabras, el legislativo debe “fijar las bases de cálculo de la base gravable y no dejarle eso a la discrecionalidad del Gobierno (…) esto porque podría afectar el valor de la sobretasa de la gasolina que tiene un impacto importante en el costo de vida y los ingresos territoriales”.
Mientras este cambio se surte en el Congreso, el cálculo se seguirá realizando como se viene haciendo. Si no hay cambios después del plazo, la norma de la sobretasa volvería a revisarse.