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Supersalud toma medidas en el Hospital de Aguachica

Supersalud toma medidas en el Hospital de Aguachica.

La Superintendencia Nacional de Salud impuso medida cautelar de cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la integridad física y la vida de los usuarios, así como el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud a la ESE Hospital Regional de Aguachica José David Padilla Villafañe.

Durante una auditoría realizada del 15 al 19 de abril de 2024, se evidenciaron falencias en la prestación de los servicios de salud a los usuarios y en el proceso de facturación que adelanta la mencionada entidad.

En urgencias se identificó falta de oportunidad en la atención, fallas en la atención integral, oportuna y continua, para la toma de imágenes diagnosticas – TAC y falta de equipos biomédicos necesarios para la atención de usuarios.

Incumplimiento de los requisitos mínimos de habilitación para el transporte asistencial de pacientes, así como de sus responsabilidades del servicio farmacéutico, aumentando los riesgos en la atención de los usuarios y la probabilidad de eventos adversos.

La ESE no garantiza la seguridad y confiabilidad de los equipos y/o materiales que esterilizan teniendo en cuenta que los laringoscopios ubicados en los carros de paro de los diferentes servicios y el material estéril almacenado en el área de esterilización no cuentan con rótulo externo que incluya información.

Existen fallas en la prestación de los servicios de salud derivadas del talento humano insuficiente, al evidenciarse que no hay concordancia entre el estudio de personal definido por la entidad para el servicio de urgencias versus la demanda y los riesgos en la atención.

Se evidencian acciones que afectan el adecuado flujo de recursos de la ESE Hospital Regional de Aguachica José David Padilla Villafañe, toda vez que existen glosas representativas a la facturación radicada en 2023 ante las entidades responsables de pago, que para el caso de ADRES representan el 68% de la facturación reclamada. Además, se tiene un 65% de la cartera con edad superior a 360 días, generando la prescripción por falta de gestión de cobro y depuración.

“​​Esta medida obliga a la ESE HOSPITAL REGIONAL DE AGUACHICA JOSÉ DAVID PADILLA VILLAFAÑE DE AGUACHICA CESAR a realizar acciones para garantizar la debida prestación de los servicios que aseguren el derecho fundamental a la salud de los usuarios, así como el adecuado flujo de recursos del Sistema de General de Seguridad Social en Salud”.

Órdenes a la ESE José David Padilla Villafañe

  • Ajustar el “Procedimiento de Admisiones de Urgencias”, con posterior capacitación y evaluación de la adherencia al personal médico asistencial y administrativo e implementación del mismo en el servicio de urgencias.
  • Brindar una atención oportuna a los usuarios acorde con los tiempos estipulados, según su clasificación triage.
  • Descongestionar el área de urgencias, mediante la agilización de los procesos de referencia de pacientes cuando requieren un mayor nivel de complejidad y/o mediante la hospitalización de estos si existe disponibilidad de camas en la entidad.
  • Garantizar la oportunidad y continuidad en la toma de imágenes diagnosticas (TAC) a los pacientes, en concordancia con los acuerdos de voluntades suscritos con los aseguradores, o adelantar la gestión de referencia y contrarreferencia, de tal manera que se minimicen los riesgos para la vida y la salud de los usuarios.
  • Realizar una autoevaluación de las condiciones mínimas de habilitación en todos sus estándares, para la capacidad instalada de ambulancias, camas, camillas, sillas, consultorios de urgencias y consulta externa, entre otros, tomando las medidas correspondientes, que permitan la prestación de servicios de salud con seguridad, oportunidad, accesibilidad, y pertinencia.
  • Cumplir con las responsabilidades del servicio farmacéutico en relación con: Seguimiento y control de las condiciones ambientales de temperatura y humedad relativas, fechas de vencimiento y manejo de medicamentos lasa y alto riesgo, garantía de la existencia y disponibilidad en todos los servicios de medicamentos e insumos, seguridad y custodia de los medicamentos de control especial e implementación de un sistema seguro de dosis unitaria, reempaque y/o re envase según establezca la entidad para prevenir riesgos en la administración de medicamentos.
  • Garantizar la seguridad y confiabilidad del instrumental y/o materiales que se esterilizan.
  • Diseñar e implementar en cada uno de los servicios prestados, el estudio de personal asistencial requerido acorde con su capacidad instalada, la relación entre oferta y demanda, la oportunidad en la prestación, tiempo de la atención y el riesgo en la atención.
  • Garantizar la administración segura de medicamentos y continuidad en los tratamientos de los usuarios por personal formado para ello, que prevengan los eventos adversos relacionados.
  • Implementar y socializar los procedimientos de generación, validación, liquidación, armado de cuentas y revisión de cuentas que garanticen la integridad y veracidad de la facturación a radicar por tipo de servicio prestado por el hospital, con el objetivo de disminuir las devoluciones y glosas presentadas.
  • Gestionar y realizar las acciones pertinentes de acuerdo con el reglamento interno de cartera, priorizando la cartera próxima a prescribir adelantando los cobros pre jurídicos y jurídicos de la cartera con mora superior a 180 días.

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