Ultimas

Jorge Noguera un personaje siniestro en el DAS

Jorge Noguera un personaje siniestro en el DAS.

La JEP aceptó el sometimiento condicionado de Javier Alfredo Valle Anaya, quien fue subdirector regional del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en Santa Marta. Valle Anaya fue condenado, en 2017, a 40 años de prisión en la justicia ordinaria por el asesinato del sociólogo y docente universitario, Alfredo Rafael Francisco Correa de Andréis, y de su escolta, Edelberto Ochoa Martínez, en 2004.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas hizo una valoración de los aportes de verdad presentados por Valle Anaya en su Compromiso, Claro, Concreto y Programado (CCCP), que hace parte del régimen de condicionalidad de la JEP.

La sala concluyó que dichos aportes, a pesar de ser muy generales y “sin mayor riqueza descriptiva” de los hechos, tienen potencial de “impactar positivamente en la develación de patrones de macrocriminalidad” que están relacionados con la connivencia de agentes estatales con grupos paramilitares, especialmente, en lo que tiene que ver con la persecución de docentes y sindicalistas señalados de pertenecer o colaborar con grupos insurgentes como las extintas Farc-EP.

El docente asesinado, Correa de Andréis, fue integrante de la Asociación Sindical de Profesores de la Universidad Simón Bolívar (Asoprosimbol). Para la época de los hechos, según se ha establecido en diferentes investigaciones judiciales, funcionarios del extinto DAS, en cabeza de Jorge Noguera, elaboraban listados de personas acusándolas de ser colaboradores de la guerrilla y luego eran asesinadas en operaciones ejecutadas por paramilitares del Bloque Norte, con la colaboración de miembros de la fuerza pública.

Estas razones también permitieron a la sala considerar que los aportes de verdad que Valle Anaya haga ante la JEP podrán ser de interés y utilidad para el Caso 08, el cual investiga los crímenes cometidos por la fuerza pública o por otros agentes del Estado, en asociación con paramilitares o terceros civiles, en el marco del conflicto. Por lo tanto, la sala aceptó su sometimiento como compareciente voluntario en calidad de agente de Estado no integrante de la fuerza pública.

La sala, por otro lado, decidió no concederle a Valle Anaya el beneficio de libertad, transitoria, condicionada y anticipada hasta que amplíe sus aportes a la verdad plena, ofrezca garantías de reparación a las víctimas “que sean aceptables y que correspondan con su reconocimiento de responsabilidad y con el daño causado”. Asimismo, Valle Anaya deberá concretar las garantías de no repetición, lo que será objeto de estudio por parte de la sala.

Valle Anaya se encontraba fuera del país, en Estados Unidos, desde 2005. Fue capturado en ese país por autoridades migratorias en 2018 y deportado a Colombia en septiembre de 2022. Desde entonces, se encuentra privado de la libertad.

Esta decisión fue tomada de forma mayoritaria por el Grupo de Trabajo A, de la Subsala Especial de Conocimiento y Decisión para comparecientes voluntarios y para comandantes paramilitares incorporados funcional y materialmente a la Fuerza Pública (SUBCVCP), que conforman las magistradas Sandra Castro Ospina y Claudia Saldaña Montoya, y los magistrados Mauricio García Cadena y Pedro Díaz Romero, quien registró salvamento de voto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *